A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Nubia M. Rodriguez Torres Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por extemporáneo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda fue rechazada porque las razones del escrito de corrección no superaron los defectos indicados en el auto inadmisorio.
La Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR el recurso impetrado, luego de comprobar que se presentó extemporáneamente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. RECHAZAR el recurso de suplica presentado contra el auto del 4 de febrero de 2021, proferido por la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, que rechazo la demanda de inconstitucionalidad formulada por las ciudadanas Nubia M. Rodriguez Torres y Dora C. Rodriguez Torres, en contra de los articulos 2 de la Ley 1475 de 2011; 21, 48, 53, 62, 63 y 64 del Decreto 1278 de 2002; 7, 8, 9 y 29 del Decreto 709 de 1996; 28, 29, 30, 31, 36, 38, 39, 41, 42, 47, 53, 73, 74, 77, 78, 80 y 81 del Decreto 2277 de 1979; y 77, 78, 79, 80 y 81 del Decreto 2912 de 2001, radicada con el numero D-14068, por las razones expuestas en la presente providencia.
- Segundo. COMUNICAR, a traves de la Secretaria General de la Corte, el contenido de esta decision a la parte demandante, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. ARCHIVAR el expediente D-14068.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.